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Un juzgado de Málaga ha ordenado el ingreso en prisión de un hombre condenado por no pagar la pensión de alimentos de su hijo, tras comprobar que no cumplió con los pagos mensuales pactados. La resolución, fechada el 11 de febrero de 2026, advierte además de la inmediata activación de la busca y captura si el condenado no se presenta voluntariamente.
Ejecución de la pena
La Sección de lo Penal del Juzgado de Primera Instancia número 9 de Málaga ha revocado la suspensión de una pena de prisión y ha ordenado su cumplimiento efectivo: 135 días. El tribunal argumenta que existió un incumplimiento grave de las condiciones impuestas para mantener la suspensión.
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El auto obliga al condenado a ingresar por su propia voluntad en el centro penitenciario; en caso contrario, se procederá a su detención a través de los mecanismos judiciales habituales.
- Fecha de la querella: 29 de julio de 2020.
- Inicio de los impagos: finales de 2019, según la causa.
- Sentencia de 2024: multa de 2.700 euros y responsabilidad civil de 7.690,05 euros.
- Suspensión condicionada: cuatro años, con obligación de abonar 160 euros mensuales.
- Revocación: auto del 11 de febrero de 2026 por incumplimiento, ordenando 135 días de prisión.
Pruebas y contraste con la insolvencia alegada
En el procedimiento, la parte acusadora aportó documentación que cuestionaba la supuesta falta de recursos del condenado. Entre las pruebas figuran informes laborales que lo situaban como autónomo en el sector de la mecánica y capturas de actividad en redes sociales que, según el juzgado, mostraban un nivel de vida incompatible con la declaración de insolvencia.
El tribunal consideró demostrado que los impagos no respondieron a una carencia económica absoluta, sino a una decisión voluntaria de no cumplir con la obligación alimentaria.
Origen y recorrido del caso
La causa nació tras una querella por impago de pensiones y se prolongó durante varios años. Aunque la sentencia inicial permitió una suspensión de la pena a condición de pagos mensuales, el acusado no abonó lo acordado.
El abogado de la familia afectada informó al juzgado del incumplimiento y aportó elementos que acabaron determinando la ejecución de la pena. La resolución busca, según el auto, preservar el derecho del menor a recibir la prestación alimentaria establecida judicialmente.
La decisión tiene implicaciones prácticas: refuerza la línea de los tribunales para convertir en efectivas las condenas cuando se acredita que la suspensión fue quebrantada de forma persistente.
Qué puede ocurrir a continuación
Si el condenado se presenta voluntariamente, se procede al ingreso para cumplir los 135 días ordenados. Si no lo hace, se dictará la orden de busca, captura y detención para su traslado a prisión.
El fallo supone además un precedente operativo en el uso de pruebas como informes laborales y actividad en redes sociales para valorar la capacidad de pago en causas por impago de pensiones.












